Artículo de Auditoría

Los Estados Financieros que debemos emitir, ¿requieren una auditoría o una atestiguación?

Robinson Lizana
Por:
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Entramos de lleno al período en el que las sociedades requieren una auditoría y comienzan una búsqueda en el mercado de aquellos profesionales que les provean dicha necesidad de una manera independiente y confiable. Pero, antes, toda empresa que esté en esta situación debe hacerse ciertas preguntas que resultarán clave para hacer tanto una buena elección de la firma auditora, como del servicio que va a contratar.

Las dudas de entrada que siempre se tendrían que plantear son básicamente las tres que se presentan a continuación:

  • ¿Qué es lo que deberían consultarle al auditor cuando están cotizando?
  • ¿Necesito una auditoría o una revisión limitada? ¿y, será muy costoso?
  • ¿O, estamos obligados a requerir auditorías?, o bien, ¿me sirve otra opción que alguien me dijo que existe: una atestiguación?

Esta última interrogante lleva a otra cuestión de fondo: ¿no es lo mismo una auditoría que una atestiguación?

Trataremos de resolver las incógnitas de cada una de estas preguntas.

¿Qué servicio contratar?

En general, debido a las disposiciones legales que deben cumplir, las empresas reguladas (como los emisores de valores de oferta pública o deuda, bancos y otros) requieren una auditoría de sus estados financieros anuales (en Chile, usualmente al 31 de diciembre de cada año).

Por otro lado, una porción importante de las entidades reguladas también precisan una revisión limitada: se trata de un análisis de la información financiera de la entidad (la misma que al cierre de diciembre será auditada) en un momento intermedio, con la finalidad de buscar ajustes que pueda ser preciso efectuar antes del cierre del año y quedar de acuerdo con el marco contable vigente. En Chile, junio 30 es la fecha preliminar respecto de la cual se efectúa esta revisión intermedia. 

Aquí se puede afirmar que no, no se trata de servicios de alto costo, porque en Chile existen diferentes profesionales y firmas de auditoría, lo que permite entregar una oferta óptima, especializada y muy competente en términos de calidad, principalmente.

¿Auditoría o revisión?

Este punto conlleva una nueva pregunta: ¿mi empresa es de aquellas que tiene la obligación de una auditoría anual?

La respuesta sencilla es: revise los estatutos sociales de la entidad. Es muy importante poner atención en este documento, pues generalmente incluye un artículo que establece que anualmente sus estados financieros serán auditados (lo que es diferente de la labor del “inspector de cuentas”).

Sin embargo, aún más importante es que en los tiempos actuales, por un tema de transparencia y disciplina de mercado, una auditoría de estados financieros anuales será útil no solo para los socios o accionistas (y el banco), también para otros actores que estarán muy agradecidos de conocer de algún modo del potencial o la “salud financiera” de la sociedad). Es decir, sus inversiones, posibles socios estratégicos, autoridades, entre otras cosas.

Auditoría vs atestiguación

En este punto lo primero es distinguir que existen dos marcos normativos para prestar servicios profesionales que otorgan seguridad: auditoría de estados financieros bajo normas de auditoría generalmente aceptadas, y una atestiguación bajo esas mismas normas, ambas emitidas por el Colegio de Contadores de Chile.

“El uso justifica la herramienta” es un refrán comúnmente repetido que ayuda a entender esta distinción. No obstante, hay una explicación de fondo. 

Desde la perspectiva de las normas vigentes, la auditoría de estados financieros permite a una sociedad tanto cumplir con las obligaciones legales, como evidenciar la existencia de un marco contable para elaborar estados financieros de propósito general (bajo las IFRS en Chile).

A su vez, las normas de atestiguación se aplican cuando se trata del examen, revisión o realización de procedimientos acordados para otro tipo de materia a evaluar distinta de los estados financieros históricos. Por lo tanto, surgen a partir de una necesidad específica.

Cabe recordar que el propósito de la auditoría es i) obtener una seguridad razonable de que los estados financieros como un todo están exentos de representaciones incorrectas significativas debido a fraude o error, y ii) emitir un informe de auditoría que incluya una opinión del auditor. Considerando esto, hay opciones para la información financiero-contable sobre la que se requiere cierta seguridad, las que nacen de aplicar adecuadamente las normas de atestiguación. Estas, además, tienen por objeto obtener cierto nivel de seguridad de acuerdo con tipo de trabajo de atestiguación:

  • Para el caso de un examen, tienen por objetivo obtener una seguridad razonable de que la medición o evaluación de la materia a evaluar está exenta de representaciones incorrectas significativas.
  • En el caso de una revisión, se busca lograr una seguridad limitada respecto a si debiera efectuarse cualquier modificación significativa a la materia a evaluar para que ésta esté de acuerdo con (o a base de) los criterios aplicables.
  • Y en el caso de realizar procedimientos acordados, el objetivo es aplicar a una materia a evaluar los procedimientos establecidos por las partes especificadas, quiénes son responsables por la suficiencia de los procedimientos para sus propósitos.

En conclusión, reconociendo adecuadamente la finalidad deseadas por los controladores o propietarios de las entidades, sus directivos y ejecutivos, se podrá requerir los servicios profesionales con mayor precisión, acorde a los objetivos y necesidades de la sociedad, de tal manera que los interesados contarán con el servicio e informe más útil y apropiado para los diferentes actores del mercado.